Andalucía TRADE: Incentivos a la I+D+i Empresarial
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el decreto que contiene las tres primeras líneas de incentivos para las empresas andaluzas de Andalucía TRADE. Las ayudas para los dos primeros programas, el de Desarrollo Industrial y el de la I+D+i Empresarial, estarán disponibles a partir del mes de julio y sumarán incentivos por un valor de 244 millones de euros.
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Estas ayudas son en concurrencia no competitiva, y podrán solicitarse una vez se abra la convocatoria, hasta agotar el presupuesto destinada a estas.
En estas bases, además de las normas generales, aparece un cuadro resumen por cada línea de ayudas:
- El programa de Desarrollo Industrial, abiertas a partir de julio.
- El programa de I+D+i empresarial, abiertas a partir de julio.
- El programa para la Internacionalización.
Acceso a información en web de TRADE: https://www.andaluciatrade.es/financiacion-empresarial/incentivos-para-las-empresas/
Incentivos a la I+D+i empresarial
La Línea de Incentivos para Proyectos de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental, en concurrencia no competitiva, está dirigida a proyectos empresariales que tengan por objeto la búsqueda de nuevos productos, procesos o servicios o la mejora de los ya existentes, en el marco de las actividades establecidas en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Sostenibilidad de Andalucía, S4Andalucía.
Los beneficiarios pueden ser:
- Microempresas y empresas pequeñas y medianas
- Además, en el caso de proyectos en agrupación con una pyme, podrán ser también beneficiarias las grandes empresas.
La cuantía del incentivo de la Línea de Investigación Industrial y Desarrollo Experimental, que puede alcanzar hasta el 50% de la inversión subvencionable, dependerá del tamaño de la empresa solicitante y de si el proyecto se realiza individualmente o en agrupación.
El objetivo de esta línea es potenciar el know-how empresarial, es decir, el conocimiento y la experiencia. Por esta razón, los incentivos pueden destinarse a contratar personal y a otros costes indirectos o de consultoría, pero no para adquirir ni alquilar instrumental o equipos, material y suministros.
Dentro de los gastos subvencionables se encuentran la investigación contractual: "Costes de investigación contractual, así como costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Se imputarán a este concepto los gastos de contrataciones externas exclusivamente derivados del proyecto: organismos públicos y privados de investigación y otras entidades y/o empresas que realicen actividades de carácter técnico claramente vinculadas al proyecto."
Por tanto, los organismos de investigación, entre los que se encuentran las universidades, son susceptibles de ser contratados (Contratos Art.60 LOSU).
Si es investigador de la UMA, y alguna empresa quiere contratar a la Universidad en el marco de esta convocatoria, puede contactar con OTRI para su asesoramiento, en el e-mail contratosconvenios@uma.es.