Tesis con Mención Internacional
Requisitos
El título de doctor o doctora podrá incluir la mención “Doctorado internacional” siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) Que durante el periodo de investigación el doctorando/a haya realizado una estancia mínima, no necesariamente continuada, de tres meses fuera de España, en al menos una institución de enseñanza superior o centro de investigación de prestigio, cursando estudios o realizando trabajos de investigación bajo la responsabilidad de un doctor o una doctora perteneciente a la institución extranjera. Esta circunstancia se acreditará mediante una certificación firmada por la persona responsable de la estancia en la institución de destino. La estancia y las actividades, que antes de su realización han de ser avaladas por quien dirija la tesis y autorizadas por la correspondiente comisión académica y de calidad, se incorporarán al DAD.
b) La estancia a que se refiere el punto anterior podrá ser el resultado de la suma de varias estancias, ninguna inferior a treinta días. En todo caso, esta estancia deberá ser distinta a la que un doctorando o doctoranda pueda realizar para obtener una tesis doctoral en régimen de cotutela.
c) Que toda la tesis o parte de ella, se redacte y presente en una de las lenguas habituales para la comunicación científica, distinta a cualquiera de las lenguas oficiales o cooficiales de España. En cualquier caso, al menos el resumen (de una extensión no inferior a 3.000 palabras) y las conclusiones deberán cumplir con este requisito. No será obligatorio este requisito para aquellas tesis cuya estancia internacional se haya desarrollado en un país que tenga el español como lengua oficial.
d) Que la tesis cuente con el informe de un mínimo de dos doctores/as pertenecientes a alguna institución de educación superior o centro de investigación extranjero, expertos en la materia y distintos de los responsables de la o de las estancias.
e) Que forme parte del Tribunal de la tesis al menos un doctor/a experto en la materia perteneciente a alguna institución de educación o centro de investigación extranjeros, distinto del responsable de estancia mencionada en el apartado a) y de los evaluadores mencionados en el apartado d).
f) Cuando la tesis opte a la “Mención internacional”, el doctorando o la doctoranda deberá exponer durante la defensa de la tesis, al menos, la descripción de resultados y las conclusiones en una de las lenguas habituales en la comunicación científica y distinta a cualquiera de las lenguas oficiales en España. Esta norma no será de aplicación cuando las estancias, los informes y los miembros del tribunal se hayan realizado o procedan de un país hispanohablante.
Autorización realización de estancias
Antes de la realización de la/s estancia/s el doctorando o la doctoranda deberá obtener el aval de la misma y de las actividades a desarrollar de quien dirija su tesis y la autorización de la comisión académica y de calidad de tu programa. Dicha autorización se incorporará al DAD
Solicitudes
Los doctorandos o doctorandas que aspiren a la Mención de Doctor Internacional deberán solicitarlo a la Comisión de Posgrado de la Universidad a través de la aplicación DAD durante el proceso de admisión a trámite de tesis para su lectura marcando esta opción y adjuntando la acreditación de la estancia realizada conforme a lo señalado en el apartado a) de Requisitos.
El certificado original acreditativo de la estancia deberá aportarse en la Escuela de Doctorado una vez iniciada la solicitud de admisión a trámite en la aplicación DAD. Para facilitar su aportación se pueden utilizar los siguientes modelos de certificados, que deberán ser cumplimentados por la entidad donde se realice la estancia:
Certificado de acreditación de estancia para la obtención de la Mención Internacional
Certificate of stay at a foreign University or Research Centre
Para más información pueden consultarse:
- El art. 57 y 79 del Reglamento de los Estudios de Doctorado de la Universidad de Málaga