banners
beforecontenttitle

Implantación Máster en Ing. Mecatrónica

Después del título del contenido
Antes del cuerpo del contenido
Trozos html editables
Trozos html editables

-->--> 

CURSO DE IMPLANTACIÓN DEL MÁSTER

 

2016-2017

JUSTIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE IMPLANTACIÓN DE LA TITULACIÓN

El título de Máster Universitario en Ingeniería Mecatrónica por la Universidad de Málaga objeto de la presente memoria sustituye al Máster Universitario en Ingeniería Mecatrónica (90 ECTS) por la Universidad de Málaga (Cód. RUCT 4312387) ya implantado.La implantación del plan de estudios propuesto se realizará en un único curso académico. Considerando que el nuevo plan de estudios se organiza en 2 semestres -60 créditos-, se propone el siguiente cuadro implantación:

Máster U. en Ingeniería Mecatrónica (90 ects)Cód. RUCT 4312387– a extinguir:

Curso 2016-2017: Sin oferta de plazas de nuevo ingreso (extinguido 1º y 2º semestre).Implantado 3º semestre.

Curso 2017-2018: Extinguido 1º, 2º y 3º semestre.

Máster U. en Ingeniería Mecatrónica (60ects)– a implantar:

Curso 2016-2017: Implantado 1º y 2º semestre.

Curso 2017-2018: Implantado 1º y 2º semestre

 

PROCEDIMIENTO DE ADAPTACIÓN DE LOS ESTUDIANTES DE LOS ESTUDIOS EXISTENTES AL NUEVO PLAN DE ESTUDIOS, EN SU CASO.

A continuación se incorpora el texto de las Normas reguladoras del sistema de adaptación a las titulaciones de Máster Universitario, de los estudiantes procedentes de enseñanzas que se extinguen por la implantación de dichas titulaciones, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga, en reunión celebrada el día 30 de marzo de 2009:

Artículo 1. Ámbito de aplicación.Las presentes normas son de aplicación a los estudiantes de la Universidad de Málaga, con expediente académico en vigor, en las titulaciones universitarias de carácter oficial que se extinguen como consecuencia de la implantación en dicha Universidad de una titulación universitaria oficial de Máster universitario.

Artículo 2. Procedimiento de adaptación.

1. Los estudiantes a quienes resultan de aplicación las presentes normas podrán adaptarse a las respectivas titulaciones oficiales de Máster universitario, en cualquier curso académico, sin necesidad de solicitar previamente la correspondiente plaza a través del procedimiento de preinscripción.

2. El procedimiento administrativo para efectuar la adaptación a que se refiere el punto anterior se iniciará a solicitud del interesado, dirigida al órgano responsable de las correspondientes enseñanzas, durante el correspondiente plazo oficial para la matriculación de estudiantes.

3. La mencionada adaptación conllevará el derecho a formalizar matrícula como estudiante de la respectiva titulación oficial de Máster universitario, sin necesidad de solicitar la correspondiente plaza a través del procedimiento de preinscripción, así como a obtener el reconocimiento de créditos de acuerdo con las previsiones de las “Normas reguladoras del reconocimiento y transferencia de créditos en enseñanzas de Máster” aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Málaga en sesión del 30 de marzo de 2009.

Artículo 3. Procedimiento de extinción de planes de estudios.

1. La extinción de los planes de estudios correspondientes a las titulaciones a que se refiere el artículo 1 de las presentes normas se producirá temporalmente, curso por curso, a partir del año académico en que se implante la respectiva titulación de Máster universitario, sin que en ningún caso se pueda sobrepasar la fecha del 30 de septiembre de 2015.

2. Una vez extinguido cada curso, se efectuarán dos convocatorias de examen de las respectivas asignaturas en el curso académico inmediato siguiente, a las que podrán concurrir los estudiantes a los que resulte de aplicación las presentes normas y que se encuentren matriculados en dichas asignaturas en el curso académico de referencia. Dicha posibilidad de concurrencia también afectará a los alumnos que no hayan cursado anteriormente las respectivas asignaturas, siempre que el respectivo sistema de evaluación así lo permita.

3. Los estudiantes que agoten las convocatorias señaladas en el punto anterior sin haber superado las respectivas asignaturas, podrán adaptarse a las respectivas titulaciones oficiales de Máster universitario en las mismas condiciones indicadas en el artículo 2 de las presentes normas.

Disposición Final.

La presente normativa entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Informativo de la Universidad de Málaga, y será incorporada en las memorias para la solicitud de verificación de títulos oficiales de Máster universitario que presente dicha Universidad, como el procedimiento propuesto para la adaptación, en su caso, de los estudiantes de los estudios existentes al nuevo plan de estudios, al que se refiere el apartado 10.2 del Anexo I al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.

Asignatura superada en el Plan de estudios a extinguir (Todas las asignaturas son de 5 Créditos ECTS).Asignatura reconocida en el nuevo plan de estudios (Todas las asignaturas son de 5 Créditos ECTS).
OBL Modelado y Control de Sistemas Mecatrónicos y Robots.OBL2: Modelado y Control de Sistemas Mecatrónicos y Robots.
OBL Sensores y Actuadores Inteligentes.OBL3: Sensores Inteligentes.
OBL Tiempo Real para Sistemas Mecatrónicos.OBL4: Tiempo Real para Sistemas Mecatrónicos.
OBL Sistemas de Control Inteligente.OPT1: Sistemas de Control Inteligente.
OBL Métodos Matemáticos Avanzados para la Mecatrónica.OPT2: Métodos Matemáticos Avanzados para la Mecatrónica.
OBL Actuadores Eléctricos Avanzados.OPT3: Actuadores Eléctricos Avanzados.
OBL Sistemas de Documentación y Elaboración de textos científicos.OPT4: Escritura y Comunicación de Publicaciones de Investigación en Ingeniería.
OBL Iniciación a la transferencia del conocimiento.OPT5: Iniciación a la transferencia del conocimiento.
OPT Sistemas mecatrónicos tolerantes a fallos.OPT6: Sistemas mecatrónicos tolerantes a fallos.
OPT Control del Movimiento.OPT7: Control del Movimiento.
OPT Mecánica Avanzada.OPT8: Mecánica Avanzada.
OPT Sistemas distribuidos y de Comunicaciones industriales.OPT9: Sistemas distribuidos y de Comunicaciones industriales.
OPT Diseño Electrónico Avanzado.OPT10: Diseño Electrónico Avanzado.
OPT Robots Móviles.OPT11: Robots Móviles.
OPT Robótica Cognitiva.OPT11: Robots Móviles.
OPT Teleoperación y Telerrobótica.OPT12: Teleoperación y Telerrobótica.
OPT Sistemas de Percepción.OPT13: Sistemas de Percepción.
OPT Programación en Multiprocesadores.OPT14: Programación en Multiprocesadores.
OPT Simulación numérica del flujo alrededor de vehículos.OPT15: Simulación numérica del flujo alrededor de vehículos.
OPT Física Avanzada para Mecatrónica.OPT16: Física Avanzada para Mecatrónica.

 

La comisión de Convalidaciones adaptará los créditos cursados por el alumno por el mismo número de créditos equivalentes del nuevo plan de estudio.

ENSEÑANZAS QUE SE EXTINGUEN POR LA IMPLANTACIÓN DEL TÍTULO PROPUESTO

Código RUCT es 4312387, BOE Nº38, 14 de Febrero de 2011 y verificado en 2010.

Después del cuerpo del contenido